Contabilidad electrónica y su envío a través del Portal del SAT 2017
Legimi
Desde el ejercicio de 2015 algunas personas físicas y morales comenzaron a ingresar (enviar), de forma mensual, su información contable a través del portal del SAT (contabilidad en línea), mientras que a partir del ejercicio de 2016 la empezaron a enviar las demás personas físicas y morales obligadas a llevarla. En la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 23 de diciembre de 2016, el SAT emitió las normas que regulan la contabilidad electrónica y su envío a través del portal electrónico del citado órgano desconcentrado, notificando qué contribuyentes están liberados de cumplir con esta obligación, así como el calendario de envío de la información contable del ejercicio de 2017. Asimismo, el 1o. de enero de 2016 se reformó el Código Fiscal de la Federación, para establecer la infracción y multa por no enviar la contabilidad electrónica a través del portal del SAT. Además, el 6 de enero del presente año se publicó en el DOF el anexo 24 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017, denominado "Contabilidad en medios electrónicos"; por la importancia de este anexo, incluimos su texto íntegro en esta obra. El libro está dirigido, principalmente, a los encargados del cumplimiento de las obligaciones fiscales de las personas físicas y morales, estudiantes y profesores de la materia de impuestos, despachos de contadores públicos, asesores fiscales y, en general, a cualquier persona interesada en el tema.
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